miércoles, 16 de abril de 2008

¿QUE QUIERE ESPAÑA PARA CANARIAS, EN EL DERECHO MARÍTIMO?



VAYAN INSTRUYENDOSE DE LAS REALIDADES

La delimitación de espacios marítimos y aéreos entre Canarias como grupo de islas sin soberanía y Marruecos como Estado soberano, tendrá que realizarse bajo los criterios del derecho del mar. El hecho de que ambos territorios compartan el mismo ámbito espacial, bien sea desde la aplicación diferenciada de la Plataforma Continental, o de la zona económica exclusiva, hacen que la práctica de la normativa jurídica entre territorios cuyas costas adyacentes o situadas frente a frente, puedan establecerse delimitaciones diferentes para el mismo ámbito marítimo, así que, las circunstancias que pueden influir en la delimitación de la ZEE pueden ser muy distintas de las que tienen en cuenta en la delimitación de la plataforma continental. Eso al menos es lo que interpreta comparativamente el Derecho del Mar de Montego Bay. En septiembre de 2005 en Sevilla, España y Marruecos negociaban la firma de una mediana fronteriza con carácter provisional, que sería la línea equidistante, pero dejando claro que esa frontera se modificaría por establecer la equidad entre la plataforma continental con sus circunstancias pertinentes, cuando decidan establecerla definitivamente. Cuando llegue el momento en que Marruecos y España establezcan la mediana fronteriza entre la costa continental y Canarias, la ZEE dependerá de la condición territorial que pueda tener en ese momento Canarias con respecto a España. Para el derecho internacional del mar, las islas canarias situadas sobre la plataforma continental marroquí, son circunstancias pertinentes o especiales. En Canarias deberíamos de estar muy preocupados de cual será la delimitación de los espacios marítimos que rodean a las islas, y con carácter especialísimo, el concepto que le den a las aguas interiores. De establecerse hoy la mediana con Marruecos, lo dicho anteriormente, las islas canarias serían jurídicamente interpretadas como circunstancias especiales dentro de la plataforma continental de Marruecos. Esto conlleva a que la ZEE marroquí, llega hasta Punta Teno, tragándose las aguas interiores de entre Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura. En un futuro, Marruecos puede solicitar la ampliación a 350 millas, de su plataforma continental, con lo que llegaría a tragarse la totalidad de las aguas interiores del conjunto de las islas, el límite fronterizo de Maruecos alcanzaría más allá de la isla del Hierro. Sin embargo, España podría evitar que esto suceda, para ello deberá de colocar a Canarias, con las mejores condiciones jurídicas que nos ofrece el Derecho Marítimo de Montego Bay. Lo hemos dicho en infinidad de ocasiones, y lo volvemos a repetir una vez más: Reconocer la condición archipelágica de Canarias en la Constitución Española. Y que el Estatuto de Autonomía, esté suficientemente dotado con contenidos jurídicos emanado directamente del Derecho Internacional del Mar de 1982, para que la Comunidad Autónoma de Canarias pueda ser Parte firmante de dicho Tratado Marítimo. Este es el camino que debe de llevar el gobierno español, con la aplicación estricta del Derecho Marítimo a una parte territorial del Estado como es el archipiélago canario. El hecho de que Canarias pueda poseer un Estatuto de Plena Autonomía Interna, significaría que la ZEE que hoy es marroquí por interpretación de su plataforma continental, pasaría a ser de titularidad canaria bajo soberanía española compartida con la Comunidad Autónoma de Canarias. Si España nos niega este derecho por la defensa de nuestro territorio frente a Marruecos, estaría obligando a Canarias a plantear la autodefensa de las islas desde un territorio libre e independiente, posibilidad que también contempla el Derecho Marítimo.

Antonio Rodríguez de León

No hay comentarios: